SUBVENCIONES A LA CONVERSIÓN EN INDEFINIDO DE COLECTIVOS VULNERABLES
A) SUBVENCIONES A LA CONVERSIÓN EN INDEFINIDO DE COLECTIVOS VULNERABLES:
Trabajador con contrato temporal que se encuentre inscrito como demandante de empleo para la mejora del empleo (motivo
demanda: buscar empleo) y que pertenezca a alguno de los siguientes colectivos:
– Personas en situación o riesgo de exclusión social
– Personas menores de 30 años
– Personas mayores de 50 años
– Personas con diversidad funcional
– Mujeres
REQUISITOS:
– Transformar en indenido y a jornada completa contratos temporales (queda excluida la modalidad del jo-discontinuo, el contrato
a tiempo parcial y los contratos con periodo de prueba igual o superior a dos meses)
– El trabajador tiene que estar apuntando al desempleo como mejora del empleo hasta la fecha de la conversión en indenido
– El trabajador deberá haber permanecido de alta en la empresa al menos durante los 30 días anteriores a la conversión
– No podrán acceder a la subvención los trabajadores que sean familiares del autónomo titular o administrador de sociedad, hasta el
segundo grado por consanguinidad o anidad.
– El trabajador que se pretenda transformar en indenido no deberá haber nalizado una relación laboral anterior en los 6 meses
anteriores con la misma empresa
CUANTÍA:
11.970€
Con carácter general
13.300€
Si se contrata mujeres o discapacitados con diversidad funcional
26.600€
Si se contrata mujeres víctimas de
violencia o discapacitados severos
(más de un 65% de discapacidad
funcional)
OBLIGACIONES:
– Formalizar por escrito el contrato de trabajo
– Mantener el contrato objeto de la subvención durante un mínimo de 24 meses
– Mantener el nivel de empleo o plantilla media alcanzada durante un mínimo de 24 meses
– Aportar, en el plazo de un mes desde la nalización de la obligación del mantenimiento de empleo, informe de la seguridad social
relativo a la plantilla media de la empresa durante todo el periodo y un informe contable sobre la correcta contabilización del cobro
de la subvención
