⏰ Registro de jornada: obligatorio incluso si tienes solo un empleado 😅

“Bah, si solo tengo a una persona trabajando conmigo… no hace falta fichar.”
😬 Error.
Desde 2019, todas las empresas y autónomos con empleados deben llevar un registro diario de la jornada laboral.
Y sí, eso incluye al bar familiar, la tienda de barrio o el estudio con una sola persona contratada.

Vamos a contarte qué es, por qué es importante y cómo hacerlo fácil (sin dramas ni relojes de fichar de película 🕹️).


💡 ¿Qué es el registro de jornada?

El registro de jornada es un documento (en papel o digital) donde se anota la hora de inicio y fin de la jornada laboral de cada trabajador.
Tiene un objetivo claro: evitar abusos, horas extra no pagadas y mejorar el control laboral.

👉 Es una obligación legal recogida en el Real Decreto-ley 8/2019.
Y su cumplimiento lo supervisa la Inspección de Trabajo.


👩‍💼 ¿A quién afecta?

A todas las empresas y autónomos que tengan empleados, sin excepción.
Da igual:

  • Si tienes solo una persona contratada.
  • Si trabaja pocas horas.
  • O si es un contrato temporal.

⚠️ También deben llevar registro las cooperativas, asociaciones y sociedades civiles con personal a cargo.

💬 En resumen: si pagas nómina, hay registro.


🧾 ¿Qué debe incluir?

El registro debe recoger:

  • Nombre del trabajador.
  • Fecha de la jornada.
  • Hora de inicio y de finalización.
  • Firma (si es en papel) o validación digital.

Y además, debe guardarse durante 4 años por si la Inspección lo solicita.

💡 Consejo Asesoraplus: guarda una copia mensual firmada por los empleados o genera un informe desde tu sistema de fichaje.


💻 ¿Cómo se puede hacer?

Aquí viene lo bueno: no hay un modelo único.
Puedes hacerlo como prefieras, siempre que sea verificable y accesible.

Opciones válidas:

  • 🖊️ En papel: una plantilla firmada cada día o al final del mes.
  • 💻 Digital: mediante apps o programas de control horario (hay opciones gratuitas y muy sencillas).
  • 🕐 Fichaje por dispositivo: tablets, huellas o tarjetas (más común en empresas grandes).

💬 Lo importante no es el formato, sino que se registre la jornada real y esté disponible si lo piden.


⚠️ ¿Qué pasa si no lo haces?

La Inspección de Trabajo puede sancionar la falta de registro horario como una infracción grave.

💸 Las multas pueden ir desde 751 € hasta 7.500 € según el caso.

Y no vale presentar “una hoja tipo Excel” sin actualizar o sin firmas: el registro debe reflejar las jornadas reales y estar al día.


🧭 ¿Quién debe conservarlo?

Tanto la empresa como el autónomo empleador deben conservar los registros durante 4 años.
No se envían a ninguna administración, pero deben estar disponibles en caso de inspección o reclamación del trabajador.


💬 En resumen

👉 Si tienes empleados, el registro de jornada es obligatorio.
👉 Puedes hacerlo en papel o digital, pero debe estar completo y actualizado.
👉 Hay que guardarlo 4 años.
👉 Y sí, aunque tengas solo un empleado, también cuenta.


💼 Conclusión Asesoraplus

En Asesoraplus te ayudamos a mantener tus obligaciones laborales y fiscales al día, sin quebraderos de cabeza.
Porque cumplir con la ley no tiene por qué ser un drama —
💬 solo necesitas que alguien te lo explique claro 😉💙

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